REGULACIÓN
La Norma Foral 1/2004, de 24 de febrero, de Régimen Fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo en su Título Tercero, contempla una serie de beneficios fiscales, tanto en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas como en el Impuesto sobre la Renta de no Residentes y en el Impuesto de Sociedades, para las cantidades destinadas al mecenazgo de las actividades declaradas prioritarias.
Anualmente, la Diputación Foral de Bizkaia, aprueba y publica el Decreto Foral en el que se concretan las actividades o programas susceptibles de ser declarados prioritarios así como los expresamente declarados como tales.
CUALES SON ESTOS PROGRAMAS
En concreto para el presente año 2011, las actividades susceptibles de ser declaradas prioritarias, previa la correspondiente solicitud por parte de la persona o entidad interesada son las referidas a:
Las actividades que expresamente han sido declaradas prioritarias para este año son: n Las actividades de la Fundación Bizkaia Bizkaialde.
Las actividades de la Fundación Athletic Club-Athletic Club Fundazioa.
Las actividades de la Asociación de Federaciones Deportivas Bizkainas (ASFEDEBI). Las actividades de la Fundación Ciclista Euskadi-Euskadiko Txirrindularitza Iraskundea. El equipo femenino élite de la Sociedad Ciclista Duranguesa.
Las actividades de la Fundación Baqué-Baque Iraskundea.
4 Las actividades de Euskal Kirol Federazioen Batasuna-Unión de Federaciones Deportivas Vascas.
Las actividades de la Fundación Bilbao Basket Fundazioa.
Las actividades de la Fundación Consejo Mundial de la Pelota Vasca-Munduko Pilota Batzarra Fundazioa.
Las actividades de la Fundación Euskadi Kirola Fundazioa.
Las actividades de la Fundación Lagun Aro.
Las actividades de la Fundación Bizkaia Basket / Bizkaia Basket Fundazioa. El Torneo Internacional de Soka Tira "50 Aniversario Gaztedi Club".
Las actividades de Atxemasge, S.L.
Las actividades de Ocean World, S.L..
Las actividades del Mundial de Basket 2014, sede Bilbao.
PROCEDIMIENTO PARA LA SOLICITUD DE
LA DECLARACIÓN DE ACTIVIDAD PRIORITARIA
En el supuesto de actividades susceptibles de ser declaradas prioritarias, las personas o entidades interesadas deberán enviar un escrito dirigido al Servicio de Deportes de la Dirección General de Deportes del Departamento Foral de Cultura (c/ Alda. de Rekalde n° 30 - 1°; 48009 BILBAO), solicitando de declaración de actividad prioritaria para la actividad en concreto y adjuntando la siguiente documentación:
- Proyecto de la actividad para la cual solicitan la declaración prioritaria - Presupuesto de ingresos y gastos de la actividad
El Departamento Foral de Cultura estudiará la solicitud y siempre que cumpla los requisitos exigidos, declarara la actividad en cuestión como prioritaria mediante Orden Foral.
PROCEDIMIENTO PARA LA OBTENCIÓN DE BENEFICIOS
Para la obtención de los beneficios fiscales, tanto en el supuesto de actividades prioritarias expresamente declaradas prioritarias mediante Decreto Foral, como para el supuesto de las que siendo susceptibles sean declaradas prioritarias mediante Orden Foral, las personas y/o entidades beneficiarias que reciban aportaciones para desarrollar actividades declaradas prioritarias deberán cumplimentar las siguientes obligaciones:
n Declaración informativa de donaciones en el modelo 182
2.- Ante el Departamento Foral de Cultura. Con anterioridad al 28 de Febrero del año siguiente.
Presentar en el Servicio de Deportes de la Dirección General de Deportes una memoria de las actividades financiadas en el ejercicio con cargo a dichas aportaciones, asi como las aportaciones recibidas indicando la actividad a la que la citada aportación se ha dirigido, la cuantía de cada una de ellas, las fechas en las que se han realizado y los datos identificativos de las entidades aportantes.
Copia del modelo 182 presentado en el Departamento Foral de Hacienda y Finanzas.
BENEFICIOS FISCALES
EN EL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES:
´ Deducción en la base imponible del empresario o profesional de la cantidad aportada.
Deducción en la cuota del Impuesto del 18% de las cantidades aportadas.2 EN EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE NO RESIDENTES:
1 El orden y el límite de aplicación de esta deducción será el mismo que se establezca en cada ejercicio, para la deducción por inversiones en activos fijos materiales nuevos.
2 La base de deducción por actividades de mecenazgo no podrán exceder del 30 por 100 de la base liquidable de éste impuesto.
EJEMPLO 1 (TIPO DE GRAVAMEN GENERAL 28% )
La empresa PORTU BERRI S.A., domiciliada en Bermeo ha patrocinado durante el 2011 a la FUNDACION BIZKAIA-BIZKAIALDE con la cantidad de 6.000 euros. En la declaración del Impuesto de Sociedades presenta la siguiente cuenta de explotación:
INGRESOS:
Ventas o facturación........ |
200.000.000 |
Otros ingresos.................. |
10.000.000 |
TOTAL................................ |
210.000.000 |
GASTOS: |
|
Compras........................... |
42.000.000 |
Sueldos y salarios............ |
30.000.000 |
Gastos diversos............... |
12.000.000 |
Contrato de patrocinio ..... |
6.000 |
TOTAL................................ |
84.006.000 |
BASE IMPONIBLE............. |
125.994.000 |
TIPO DE GRAVAMEN........ |
28%* |
CUOTA INTEGRA............... |
35.278.320 |
DEDUCCION CUOTA.......... |
1.080 |
CUOTA A PAGAR.............. |
35.277.240 |
AHORRO FISCAL: [(6.000 x 28%) + (6.000 x 18%)]= 6.000 x 46% = 2.760
* En el Impuesto sobre Sociedades el tipo de gravamen es, con carácter general, del 28% y del 24% para las pequeñas empresas
EJEMPLO 2 (TIPO DE GRAVAMEN ESPECIAL -PYMES- 24%)
La empresa KIROLAK, S.A., domiciliada en Zamudio ha patrocinado durante el 2011 a la FUNDACION BIZKAIA-BIZKAIALDE con la cantidad de 6.000 euros. En la declaración del Impuesto de Sociedades presenta la siguiente cuenta de explotación:
INGRESOS:
Ventas o facturación............ |
200.000 |
Otros ingresos..................... |
10.000 |
TOTAL................................... |
210.000 |
GASTOS: |
|
Compras............................... |
42.000 |
Sueldos y salarios .............. |
30.000 |
Gastos diversos.................. |
12.000 |
Contrato de patrocinio......... |
6.000 |
TOTAL................................... |
90.000 |
BASE IMPONIBLE................ |
120.000 |
TIPO DE GRAVAMEN........... |
24 %* |
CUOTA INTEGRA.................. |
28.800 |
DEDUCCION CUOTA............. |
1.080 |
CUOTA A PAGAR.................. |
27.720 |
AHORRO FISCAL: [(6.000 x 24%) + (6.000 x 18%)]= 6.000 x 42% = 2.520
* En el Impuesto sobre Sociedades el tipo de gravamen es, con carácter general, del 28% y del 24% para las pequeñas empresas
EJEMPLO 3 (EMPRESARIO INDIVIDUAL)
El empresario JKR tiene un comercio de ropa y está acogido a la modalidad de estimación directa de la base imponible en el I.R.P.F. Ha patrocinado a la FUNDACION BIZKAIABIZKAIALDE con la cantidad de 3.000 euros:
INGRESOS:
Ventas o facturación .......... |
120.000 |
Otros ingresos...................... |
5.000 |
TOTAL................................ |
125.000 |
GASTOS: |
|
Compras.............................. |
48.000 |
Sueldos y salarios................ |
30.000 |
Gastos diversos.................... |
6.000 |
Contrato de patrocinio......... |
3.000 |
TOTAL................................ |
87.000 |
BASE IMPONIBLE............... |
38.000 |
TIPO MARGINAL................. |
35 %* |
CUOTA INTEGRA................ |
10.476,60 |
DEDUCCION CUOTA........... |
540 |
CUOTA A PAGAR............... |
9.936,60 |
AHORRO FISCAL: 1.590 = (3.000 x 35%) + (3.000 x 18%)
* Se aplican las tablas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
EJEMPLO 4
(PERSONA FISICA -NO EMPRESARIO-)
Da. GZI ha contribuido con una donación a la FUNDACION BIZKAIA-BIZKAIALDE con la cantidad de 500 euros:
DONACION............................. |
500 |
CUOTA INTEGRA.................. |
1.000 |
DEDUCCION CUOTA.............. |
150 |
CUOTA A PAGAR................. |
850 |
AHORRO FISCAL: 150 = (500 x 30 %)